Transporte Internacional Laura

Friday, February 09, 2007

EJERCICIOS 2ª EVALUACIÓN

1.- Localiza toda la información posible sobre los avances en materia medioambiental referido al transporte (p.ej. biocombustibles, vehículos eléctricos, técnicas de descontaminación marítima etc.) y crea un informe en tu blog.

Biocombustible
El biocombustible es el término con el cual se denomina a cualquier tipo de combustible que derive de la biomasa - organismos recientemente vivos o sus desechos metabólicos, tales como el estiércol de la vaca.

La caña de azúcar, productora de bioetanol.
Los combustibles de origen biológico pueden sustituir parte del consumo en combustibles fósiles tradicionales (petróleo, carbón), con la ventaja de que son renovables y tienen bajo impacto en el deterioro ambiental.
Los biocombustibles más usados y desarrollados son el bioetanol y el biodiésel.
El bioetanol, también llamado etanol de biomasa, se obtiene a partir de maíz, sorgo, caña de azúcar o remolacha. Brasil es el principal productor de Bioetanol (45% de la producción mundial), Estados Unidos representa el 44%, China el 6%, La Unión Europea el 3%, India el 1% y otros países el restante 1%.
El biodiesel, se fabrica a partir de aceites vegetales, que pueden ser ya usados o sin usar. En este último caso se suele usar raps o canola, los cuales son cultivados para este propósito. El principal productor de biodiésel en el mundo es Alemania, que concentra el 63% de la producción. Le sigue Francia con el 17%, Estados Unidos con el 10%, Italia con el 7% y Austria con el 3%.

Impacto social y medioambiental de los biocombustibles
Los biocombustibles producidos a base de palma aceitera, caña de azúcar y soja conllevan graves impactos sociales y medio ambientales.
Su producción conlleva la pérdida de bosques tropicales y de su riqueza en biodiversidad al requerir del establecimiento de plantaciones de palma aceitera, soja, etc. que también son conocidas como “desiertos verdes”, por secar las fuentes naturales de agua y humedales.

En otros casos, las superficies para estas plantaciones son ganadas a costa de superficies de cultivos alimenticios: ha comenzado una especie de competencia entre producción de alimentos y producción de combustibles.
Además, la quema de bosques para el establecimiento de plantaciones, libera mucho más CO2 del que se puede ahorrar por el uso de los biocombustibles que se promocionan falsamente como “más ecológicos”.

La demanda de biocombustibles potencia los monocultivos, y por lo tanto mayor uso de plaguicidas y herbicidas, contaminándose también las aguas, dañando la salud humana y contaminando el medio ambiente.
Comunidades afectadas por estos cultivos en diferentes partes del mundo, denuncian: invasión de sus tierras, expansión de una contrarreforma agraria, daños ambientales y graves violaciones de los derechos humanos como masacres, asesinatos, detenciones ilegales, trabajo infantil, desapariciones, torturas y desplazamiento forzado. En la muchos casos, el establecimiento de plantaciones está ligado a la utilización de fuerzas paramilitares que actúan a favor de empresas privadas que van a beneficiarse de la explotación de los recursos naturales, y que expulsan de las tierras a sus verdaderos propietarios.
En las plantaciones se dan pésimas condiciones de trabajo, salarios por debajo de los mínimos legales, temporales, sin contratos, y sin seguro médico ni contribuciones a pensiones o vacaciones; mantienen los costes laborales bajos y aumentan las ganancias de las empresas; no se permite la creación de sindicatos. El bienestar, los servicios públicos prometidos y “el empleo para todos” no llegan nunca.
Aumenta la desigualdad, se quita a los campesinos su subsistencia, se desestructura su modo de vida. Existe el inminente peligro de que las plantaciones para producción de biocombustibles superarán a aquellas plantaciones destinadas a la producción de alimentos. Actualmente pasan hambre unos 800 millones de personas en todo el mundo.
Su uso se limita a motores de bajo rendimiento y poca potencia.
Su producción sólo es viable mediante subvenciones, porque los costes doblan a los de la gasolina o el gasóleo

VEHICULO ELECTRICO

INTRODUCCIÓN AL VEHÍCULO ELÉCTRICO

El vehículo eléctrico es una alternativa viable para el transporte de personas y bienes. Los primeros experimentos con VE empiezan en Europa en 1830. La R. Davison construye en Inglaterra elprimer vehículo eléctrico en el año de 1873. La flota de los Estados unidos, en 1900, estaba formada por:

• 1575 vehículos eléctricos

• 1684 propulsados por vapor

• 936 motores a gasolina

El modelo T de Ford aparece en 1909 con motor de combustión interna el cual domina el mercado. La investigación hacia los motores de combustión interna, la mejora en las gasolinas y las mayores prestaciones de estos motores, le permiten tener mayores potencias y sobre todo mayor autonomía que otros motores. En 1930 la fabricación de VE se detiene, desde entonces los VE solo son usados para propósitos específicos y en circunstancias restringidas. En algunos países se tienen severas restricciones de gasolina por lo cual se buscan alternativas, por ejemplo Japón, en 1949 tenía 3299 VE que representaban el 3% del total de automóviles. Sin embargo para 1954 casi habían desaparecido al aliviarse las restricciones sobre gasolina. En 1960 se acrecienta el interés en los VE por la preocupación por la contaminación ambiental. En 1970 Alemania se integra al desarrollo del VE y en otros países se generan organismos ycentros de investigación sobre VE y baterías. En California EUA se propone una normatividad la cual estipula que un porcentaje creciente de lasventas de autos en esa entidad sean eléctricos ( 2% para 98, 5% para 2001 y 10% para 2003).

CATEGORIAS MAS COMUNES

1. - Automóviles solares.

Son los vehículos provistos de celdas solares y una pequeña batería. Estos vehículos no hanprobado ser todavía realmente prácticos, en virtud de que requieren una gran cantidad de área para las celdas solares (8 a 10m2).

2. - Vehículos Eléctricos Ligeros (LEV) Son generalmente vehículos pequeños de 2 plazas, hechos de fibra de vidrio, termoplásticos omateriales compuestos de más o menos 2.5 m de longitud y con peso de 290 - 600 kg. Tienen una demanda de energía entre 9 y 20 kwh/100 km. Desarrollan una velocidad máxima de 50 a 90 km/h, y tienen un alcance entre 30 y 90 km dependiendo de la forma de manejo. Generalmente son alimentados con baterías de plomo-ácido. Se han vendido en Austria, Dinamarca, Alemania ySuiza, Estados Unidos y en México

3. - Vehículos eléctricos con carrocería convencional

Son de dos tipos:

a) Los convertidos de vehículos de combustión interna

b) Los diseñados desde su origen como VELos vehículos de combustión interna convertidos son la forma más barata para probar trenesmotrices y baterías.

La desventaja es que estos vehículos fueron diseñados para funcionar a granvelocidad y potencia por lo cual su autonomía es baja y su eficiencia también. Los diseñados desde su origen como VE, tienen la gran ventaja de que los diferentes elementos son diseñados para ser utilizados en un VE, los neumáticos los materiales de la carrocería y elchasis, por esta razón son más eficientes y tienen mayor autonomía.

VENTAJAS Y DESVENTAJAS

VENTAJAS

Algunas ventajas de los vehículos eléctricos son:

1. Utilizan una energía alternativa

2. Son más eficientes que los motores de combustión interna

3. No producen emisiones contaminantes en el lugar de operación

4. Tienen costos de mantenimiento menores

5. Son más confiables que los motores de combustión interna

6. Son más fáciles de manejar

7. Tienen menos sistemas que los de combustión interna

DESVENTAJAS

1. El costo inicial es alto comparado con los de combustión interna

2. El costo de las baterías es alto

3. Generalmente son de baja autonomía

4. Son lentos con respecto a los de combustión interna

5. Es una tecnología poco conocida por la mayoría de las personas

6. Se requieren instalaciones para la recarga de baterías

7. Se requiere capacitación de mecánicos para su mantenimiento

8. El motor y los controles son de importación

CARACTERISTICAS:

Algunas características de estos vehículos son:

• Su velocidad máxima es de 50 km/h.

• Su capacidad de carga de 600 a 1500 kilogramos.

• Son alimentados por 6,8 o 12 baterías.

• Tienen una autonomía de 105 a 220 minutos.

• Las baterías son de plomo ácido

Seguridad marítima: Agencia Europea de Seguridad Marítima

Con la creación de la Agencia Europea de Seguridad Marítima se pretende garantizar un nivel elevado, uniforme y eficaz de seguridad marítima y de lucha contra la contaminación causada por los buques en la Comunidad. Es importante tomar las medidas de protección adecuadas para garantizar la seguridad del transporte marítimo y de los puertos comunitarios, así como la de los pasajeros, tripulaciones y personal portuario, contra la amenaza de actos ilícitos deliberados.

SÍNTESIS
Se crea una Agencia europea de Seguridad Marítima, que proporcionará el respaldo técnico y científico necesario a los Estados miembros y a la Comisión a efectos de la aplicación correcta de la legislación comunitaria en el ámbito de la seguridad marítima, del control de su aplicación y de la evaluación de su eficacia.
Las tareas confiadas a la Agencia son numerosas:
Asistir a la Comisión en la elaboración y actualización de la legislación comunitaria sobre seguridad marítima y prevención de la contaminación procedente de buques, especialmente en relación con la evolución de la legislación internacional, incluido el análisis de proyectos de investigación.
Asistir a la Comisión en la aplicación efectiva de la legislación comunitaria de seguridad marítima en toda la Comunidad. En este sentido, la Agencia:
- Supervisará el funcionamiento general del régimen comunitario de control del Estado rector del puerto, entre otras cosas, mediante visitas a los Estados miembros.
- Prestará a la Comisión la ayuda técnica necesaria para participar en los trabajos de los órganos técnicos del Memorando de Acuerdo de París.
- Auxiliará a la Comisión en toda tarea encomendada a la misma por la legislación comunitaria, tanto actual como futura, en materia de seguridad marítima y prevención de la contaminación procedente de buques, en particular con relación a las sociedades de clasificación y la seguridad de los buques de pasaje.
Colaborar con los Estados miembros proporcionándoles asistencia técnica en la aplicación de la legislación comunitaria y organizando actividades de formación en los ámbitos competencia del Estado del puerto y el Estado del pabellón.
Proporcionar a la Comisión y a los Estados miembros información y datos objetivos, fiables y comparables sobre seguridad marítima. Entre las tareas encaminadas a tal efecto estarán la recopilación, registro y evaluación de datos técnicos de los ámbitos de la seguridad y el tráfico marítimos, y también del de la contaminación marina, tanto accidental como intencionada; la explotación sistemática de las bases de datos disponibles, e incluso la creación de otras bases de datos suplementarias.
Asistir a la Comisión en la publicación semestral de la información de los buques a los que se hubiera denegado el acceso a puertos comunitarios y ayudará a los Estados miembros en las actividades encaminadas a identificar y perseguir a los buques responsables de vertidos ilícitos.
Efectuar tareas vinculadas a la vigilancia de la navegación y el tráfico marítimo según lo dispuesto en la Directiva 2002/59/CE, con el fin de facilitar la cooperación entre los Estados miembros y la Comisión.
Concebir, en colaboración con los Estados miembros, una metodología común para investigar los accidentes marítimos y proceder al análisis de los informes existentes acerca de aquéllos.
Organizar acciones de formación en los ámbitos de las competencias del Estado del puerto y del Estado del pabellón.
Prestar asistencia técnica a los Estados candidatos a la adhesión en lo relativo a la aplicación de la legislación comunitaria sobre seguridad marítima. Esta tarea incluirá la organización de las oportunas actividades de formación.
Además, a raíz del naufragio de los petroleros Erika y Prestige, se han confiado a la Agencia nuevas responsabilidades en relación con la descontaminación:
La Agencia deberá estar dotada de los medios apropiados para prestar su apoyo a los dispositivos de lucha contra la contaminación instaurados por los Estados miembros. En caso de contaminación accidental, la Agencia asistirá al Estado miembro afectado, bajo cuya autoridad se llevarán a cabo las tareas de descontaminación.
El Consejo de Administración de la Agencia será competente para definir, de acuerdo con la Comisión, un programa de actuaciones orientado a preparar a la Agencia para la lucha contra la contaminación.
Los miembros de la estructura administrativa de la agencia se nombrarán en función de sus conocimientos y experiencia relevantes en los ámbitos de competencia de la Agencia
Con el fin de llevar a la práctica las tareas que le son encomendadas, la Agencia podrá efectuar visitas en los Estados miembros. Al final de cada visita, redactará un informe y lo remitirá a la Comisión y al Estado miembro interesado.

2. Crea en tu blog un registro de las ofertas de empleo que localices tanto en la red como en la prensa local referidas a puestos de comercio internacional (fecha, empresa, requisitos solicitados, medio de publicación etc.)


Incorporación de la oferta
Fecha: 06/10/2006
Puesto
COMPRAS INTERNACIONAL

Empresa lider en su sector, regalo de empresa y promoción, necesita comprador/a internacional, para su dpto. de Research (busca de artículos de regalos promocionales por internet en China), con los siguiente requisitos: dominio del ingles inprescindible) hablado y escrito, experiencia mínima de 3 a 5 años, dispuesto/a viajar a China, estudios mínimos BUP/COU. Se valorará conocer el mercado.
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Infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 12/10/2006
Puesto
Compras y logística

We are looking for a head of operations for our Spanish offices. Responsible for all operational procedures in both our Balearic and Valencia offices. Full knowledge of multi modal freight forwarding and customs with a background in project cargoes essential.
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Infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 04/10/2006
Puesto
Assistant Export Marítimo

DESCATADA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS, NECESITA INCORPORAR UN ASSISTANT PARA EL DPTO. TRANSITARIO MARÍTIMO Y AÉREO, PARA LLEVAR LA PARTE DE EXPORT MARÍTIMO. ES IMPRESCINDIBLE UN NIVEL DE INGLÉS AVANZADO EN CONVERSACIÓN Y REDACTADO. TAREAS A REALIZAR: SEGUIMIENTO DE PEDIDOS, ATENCIÓN AL CLIENTE, CONTACTO CON LOS TRNASPORTISTAS, RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS, DOCUMENTACIÓN, FACTURACIÓN,..

HORARIO: DE LUNES A VIERNES DE 8.30 A 17.30, CON FLEXIBILIDAD.
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Infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 02/10/2006
Puesto
Customer Service Internacional

Empresa líder sector moda con presencia a nivel mundial, precisa incorporar un profesional que se responsabilizará del área de Customer Service Internacional. Supervisará y gestionará la red de distribuidores de diferentes países, el seguimiento y asignaciones de pedidos, raports de facturaciones, cartas de crédito, y resolución de incidencias entre otras funciones.
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Infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 28/09/2006
Puesto
Administrativa Exportación

Buscamos una persona para el area de exportación en el Departamento de Expansion de Negocio. Se requiere un nivel de inglés muy fluido, experiencia valorable de dos años en un departamento de Exportación y dominio de Office. El contrato es temporal por el periodo de una baja maternal.
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Infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 22/09/2006
Puesto
Administrativa Import-Export Dpto. Marítimo

EMPRESA DE ADUANAS Y TRANSPORTES SITUADA EN LA ZONA FRANCA DE BARCELONA PRECISA INCORPORAR: 3 ADMINISTRATIVAS IMPORT-EXPORT PARA DEPARTAMENTO MARÍTIMO FUNCIONES:

- Gestión de la documentación de las aduanas.

- Contacto con corresponsales y transitarios.

- Control de las facturas, seguimiento de los pedidos y de las llegadas de las mercancías, etc.

- Resolución de conflictos y trato con los clientes.

PERFIL:

- Joven dinámica, seria y responsable.

- Formación: Comercio Internacional-Exterior.

- Experiencia en el ámbito de la Exportación o de la Importación Marítima en el Sector de Aduanas y Transportes Internacionales.

- Imprescnidible dominio del inglés.

- Preferiblemente con vehículo propio (coche o moto) para desplazarse hasta la Zona Franca. - Preferiblemente incorporación inmediata.
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Infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 18/09/2006
Puesto
Auxiliar administrativo para exportación

Para importante empresa textil ubicada en Sabadell, Precisamos: Auxiliar Administrativa con experiencia en sector exportación. Nivel de francés Alto. Para incorporación a empresa.
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Incorporación de la oferta
Fecha: 13/09/2006
Puesto
Administrativo Exportacion

EMPRESA DEL SECTOR METALURGICO UBICADA EN PARETS DEL VALLES, NECESITA INCORPORAR AUX, ADMINISTRATIVA PARA EL DPTO. DE EXPORTACION CON NIVEL ALTO DE INGLES. TRAS UN PERIODO DE PRUEBA ATRAVES DE BOXES RR HH, SE INCORPORARA A EMPRESA
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Incorporación de la oferta
Fecha: 02/06/2006
Puesto
Comercial Exportación

Funciones: vender y promocionar los productos de la empresa en el mercado internacional; analizar el sector y proponer las estrategias comerciales para conseguir un óptimo nivel de introducción en los mercados internacionales.

Se requiere: estudios de Comercio Exterior; disponibilidad para viajar; buen nivel de francés o de italiano.
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Incorporación de la oferta
Fecha: 02/06/2006
Puesto
Administrativo Import-Export

Una de las mejores compañías españolas de productos de gran consumo y situada entre las más grandes de Europa dedicada a la fabricación y distribución de prodictos de nutrición animal, sita en sant Cugat precisa incorporar en plantilla estable un administrativo/a para su depto. de Importación y Exportación con elevado nivel de inglés y un nivel medio de francés. Sus funciones serán: atención a clientes, gestión de pedidos, resolución de incidencias, y demás tareas administrativas.
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Infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 26/05/2006
Puesto
Director Cmercial Exportación

La persona seleccionada, se incorporará a una firma de exportación de cítricos de gran prestigio en la Comunidad Valenciana. En dependencia directa de Gerencia, se responsabilizará de la potenciación de las ventas en los mercados internacionales tales como Reino Unido, Alemania, Italia, Francia y resto de Europa, visitando principalmente grandes superficies y supermercados.
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infojobs


Incorporación de la oferta
Fecha: 19/05/2006
Puesto
Export Sales Manager

Funciones: impulsar las ventas a nivel internacional; ejecutar plan comercial a corto y largo plazo y responsabilizándose de su implementación; crear las redes comerciales pertinentes. Se requiere: formación técnica (Ingeniería Sup/Téc,Química,Grado Superior FP,...); dominio inglés y valorable francés; experiencia en comercialización de productos técnicos a industrias cosméticas y/o farmacéuticas.
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Infojobs

3. Localiza la ordenanza municipal de Zaragoza sobre el transporte de mercancías peligrosas.

Localizado en: http://cmisapp.ayto-zaragoza.es/ciudad/medioambiente/enlace/normativa/medioambiente/mercancia.htm


MEDIAMBIENTE
Ordenanza Municipal sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas
Aprobado por el Ayuntamiento Pleno el 13.02.1986 .Publicado en el BOP n. 140 de 19.06.1986


Artículo 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto ordenar los transportes de mercancías peligrosas que hayan de utilizar carreteras, ferrocarril, vías urbanas o suburbanas o vías aéreas que atraviesen el término municipal de Zaragoza, con el fin de prevenir los riesgos y ordenar las medidas oportunas para salvaguardar la seguridad y la salud de la población en lo que respecta a la competencia municipal.


Art. 2.- Compete al Ayuntamiento de Zaragoza dictar normas, conceder permisos y ejercer la vigilancia, control, inspección y comprobación de los transportes de mercancías peligrosas dentro de su término municipal y en lo que pudiese afectar a la seguridad, salubridad o bienestar de sus ciudadanos, en el ejercicio de sus facultades autonómicas que el Orden Constitucional confiere a los municipios y en virtud de las competencias de policía urbana y gestión que atribuye a los Ayuntamientos la Ley 7 de 1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, texto refundido de la Ley de Suelo y disposiciones que lo desarrollan, asi como el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961 y demás legislación concordantre en la materia. Todo ello a salvo y sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a la Administración estatal y autonómica de acvuerdo con lo establecido en la vigente legislación específica.


Art. 3.- Se entienden por mercancías peligrosas las materias y objetos explosivos, inflamadores, piezas de artificio, gases comprimidos, licuados o disueltos a presión, sustancias inflamables o susceptibles de inflamación, materias que al contacto con el agua desprendan gases inflamables, materias comburentes, tóxicas, corrosivas, repugnantes o que puedan producir infecciones, peróxidos orgánicos, sustancias radiactivas y, en general , todas aquellas materias, sustancias y elementos que contempla el Reglamento Nacional para el Transporte por Carreteras de Mercancías Peligrosas aprobado por Real Decreto 1.999 de 1979, de 29 de junio, modificado por Real Decreto 1.677 de 1980, de 29 de agosto, y Real Decreto 1.723 de 1984, de 20 de junio: Reglamento de Transportes por Ferrocarril de Mercancías Peligrosas aprobado por Real Decreto 811 de 1982, de 5 de marzo, Convenios internacionales, directivas de la Comunidad Económica Europea, Reglamento para el Transporte sin Riesgo de Materiales Radiactivos del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), asi como la Orden de 18 de diciembre de 1984, en los que se establecen clasificaciones y relaciones de mercancías peligrosas en función de su inflamabilidad, toxicidad, corrosividad, etc.


Art. 4.- El transporte de cualquier tipo de mercancías peligrosas que haya de utilizar carretera, ferrocarril, vías urbanas o suburbanas y aéreas en el término municipal requerirá los permisos de caracter estaral o, en su caso, autonómicos, que la vigente legislación exige en cada caso.
Asimismo, se requerirá permiso excepcional expedido por el Ayuntamiento para el transporte de estas mercancías por carreteras, de conformidad con lo establecido en la vigente Ordenanza Reguladora de la Concesión, Señalización y Tramitación de Permisos Especiales de Circulación y Estacionamiento en el término municipal de Zaragoza y en el artículo 23.2 del Real Decreto 1.999 de 1979, de 29 de junio, modificado por Real Decreto 1.677 de 1980, de 29 de agosto, y Real Decreto 1.723 de 1984, de 20 de junio.
En cuanto al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril o por vía aérea que tengan su destino u origen en Zaragoza, precisarán de un permiso municipal especial, a cuyo fin se tendrán en cuenta el tipo, cantidad y garantías de identificación de las mercancías transportadas, envases, recipientes y embalajes, blindajes, dosis de radiactividad, destinatario, recorrido y trasvases a realizar, y cuantos datos se requieran para una mejor identificación del posible peligro en orden a la adopción de medidas precautorias para garantizar la seguridad de la población.


Art. 5.- Para el transporte de mercancias peligrosas por carretera dentro del término municipal, el Ayuntamiento adoptará cuantas medidas precautorias se consideren necesarias, a juicio de los Servicios Técnicos Municipales, al objeto de reducir los riesgos al mínimo, estableciendo el calendario, horario, recorrido por donde deberá circular el vehículo, cortes de tráfico, acompañamiemnto de la Policía Municipal y, en su caso, del personal y material conveniente del Servicio de Extinción de Incendios, de conformidad con los artículos 12, 114 y siguientes del Código de la Circulación.
A tal efecto se fija el límite máximo de velocidad en 40 kilómetros/hora, pudiendo obligar a tales vehículos a utilizar autopistas, autovías y vías que circunvalen la ciudad, que únicamente se abandonarán cuando resulte indispensable.
En todo caso, en cuanto al recorrido deberá cumplirse lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Reguladora de la Concesión, Señalización y Tramitación de Permisos Especiales de Circulación y Estacionamiento en el término municipal de Zaragoza.
Respecto a normas de conducción y de actuación, en caso de accidente o avería se estará a lo dispuesto en el Reglamento Nacional para el Transporte por Cerreteras de Mercanías Peligrosas, aprobado por Real Decreto 1.999 de 1979, de 29 de junio, modificado por Real Decreto 1.677 de 1980, de 29 de agosto, y Real Decreto 1.723 de 1984, de 20 de junio, asi como Directivas de la Comunidad Económica Europea.


Art. 6.- Queda prohibida la detención de cualquier vehículo de transporte por carretera de mercancias peligrosas, tanto si se haya vacio como cargado, en cualquier vía pública del término municipal de Zaragoza.
Se exceptúa el estacionamiento, previamente autorizado, en zonas que serán especialmente señalizadas durante la operación de carga y descarga, y únicamente durante el tiempo mínimo necesario para realizar dichas operaciones.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza eguladora de la Concesión, DSeñalización y Tramitación de Permisos Especiales de Circulación y Estacionamiento en el término municipal de Zaragoza.


Art. 7.- En caso de transporte por ferrocarril, deberá cumoplimentarse la vigente legislación específica de caracter estatal, y especialmente el Convenio de 7 de febrero de 1970, ratificado por instrumento de 19 de noviembre de 1974, sobre Transporte Internacional de Mercancías, en el que se contempla el Convenio Internacional sobre Transporte de Mercancías por Ferrocarril, el Reglamento Internacional concierne al Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril y el Reglamento Nacional der Transportes de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril, aprobado por Real Decreto 811 de 1982, de 5 de marzo, asi como Directivas de la Comunidad Económica Europea.
Los trenes que transporten mercancías peligrosas deberán utilizar necesariamente las lineas que circunvalen la ciudad, evitándo el tránsito por el casco urbano.
En los casos de falta de lineas férreas de circunvalacion, los instrumentos de planteamiento deberán prever las soluciones idóneas en orden al cumplimiento de las limitaciones en la circulación establecidas en las normas complementarias del Real Decreto 811 de 1982, de 5 de marzo. Especialmente cuando existan túneles que atraviesen el casco urbano, en consideración al alto riesgo que ello implica para la población, será prioritaria la puesta enb servicio de nuevos trazados y soluciones alternativas. Todo ello dentro de las atribuciones y competencias de la Administración estatal y autonómica y local, de acuerdo con lo establecido en la vigente legislación.


Art. 8.- Queda prohibido el cruce de trenes de mercancías peligrosas con cualquier otro convoy ferroviario en los túneles de doble circulación y longitud superior a 100 metros.
Deberá evitarse el estacionamiento prolongado de trenes de mercancías peligrosas, asi como el estacionamiento de más de un tren de mercancías peligrosas en una misma estación.
Asimismo, los trenes de mercancías peligrosas que no tengan su destino u origen en Zaragoza , deberán evitar la detención para cambiar de personal y material del convoy en su término municipal, en orden a la protección y seguridad de la población.


Art. 9.- En caso de accidentes o averías, se dará cumplimiento a las normas de actuación exigidas en el Reglamento de Transportes por Ferrocarril de Mercancías Peligrosas, aprobado por Real Decreto 811 de 1982, de 5 de marzo.
En general, habrán de tenerse muy en cuenta y respetarse con absoluta escrupulosidad cuantas prevenciones, controles y normas de seguridad estén establecidas en la normativa vigente sobre Transporte por Ferrocarril de Mercancías Peligrosas, Directivas de la Comunidad Económica Europea y en los Convenios y Reglamentos Internacionales ratificados por el Estado español.


Art. 10.- Los distribuidores de radionúclidos de cualquier tipo, dentro del término municipal, deberán poner la información sobre su red de distribuición a disposición del Ayuntamiento para que puedan reforzarse las medidas de seguridad de los transportes corresopondientes, en los casos que el Ayuntamiento lo crea necesario en razón de la "intensidad radiactiva" de las sustancias transportadas.


En todo caso se cumplimentará lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de protección contra Radiaciones

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